Los diferentes plazos de la FIFA con Barça, Madrid y Atlético

La FIFA no ha decidido sobre el 'caso menores' de Real Madrid y Atlético de Madrid en los mismos plazos que lo hizo con el FC Barcelona. Ante este silencio, los clubes madrileños podrán fichar en el mercado de verano

Juanma Muñoz | 1 Jul 2016 | 12.36
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Real Madrid y Atlético de Madrid podrán fichar e inscribir a nuevos jugadores en el mercado de verano 2016. El silencio de la FIFA desde el 29 de enero, fecha en la que la Comisión de Apelación suspendió cautelarmente la sanción a los clubes madrileños por el ‘caso menores’, ha dado lugar a esta situación.

El pasado 14 de enero, la FIFA castigó a Real Madrid y Atlético de Madrid con la prohibición de inscribir a nuevos jugadores durante dos mercados, pero les concedió la suspensión cautelar quince días más tarde.

El FC Barcelona fue objeto de la misma sanción deportiva por la FIFA hace dos años, aproximadamente. El club azulgrana recibió la notificación de la sanción el 2 de abril de 2014. Tres semanas después, el 23 de abril, la Comisión de Apelación de la FIFA suspendió cautelarmente la sanción, como ocurre actualmente en los casos de Real Madrid y Atlético de Madrid.

Sin embargo, existe una diferencia significativa y de importantes consecuencias a partir de este momento. La Comisión de Apelación ratificó la sanción al Barça el 20 de agosto, casi cuatro meses después de concederle la suspensión cautelar.

Si la Comisión de Apelación hubiera resuelto los casos de Real Madrid y Atlético de Madrid en el mismo plazo, su decisión en firme se hubiera producido el 26 de mayo. Casualmente, dos días antes de la final de la Liga de Campeones. Y si la resolución hubiera sido desfavorable, los clubes madrileños no podrían haber inscrito a nuevos jugadores en este mercado de verano.

Evidentemente, la particularidad de cada caso da lugar a situaciones distintas, pero los datos delatan una clara diferencia en los plazos de la toma de decisiones por parte de la FIFA.