El fútbol mundial está (casi) parado, pero los despachos nunca descansan. Es por ello que Boca recibió ayer una sanción procedente de la Conmebol debido a los incidentes ocurridos en el último encuentro del Grupo H de la actual edición de la Copa Libertadores. El partido enfrentaba al Xeneize, flamante campeón de la Superliga argentina, y al Deportivo Independiente de Medellín. Más allá del tres a cero que supuso la victoria para el equipo de la Ribera, la afición estaba de celebración por haber conseguido el título local en la última jornada, por lo que fueron encendidos múltiples fuegos artificiales y bengalas, siendo este el motivo de la sanción.
Según apunta el documento de la Conmebol, la multa será de 5.000 dólares para el conjunto bostero, con una amenaza de que esto se incremente si, cuando regrese la competición, los hechos vuelven a repetirse. Esta cantidad no tendrá que salir de las arcas de Boca, ya que será deducida directamente del monto que le corresponde por derechos televisivos.
El informe apunta que el material pirotécnico fue encontrado en la tribuna popular que ocupaba la afición visitante, ya que el icónico grupo de animación xeneize 'La 12' no pudo entrar al encuentro por "motivos de seguridad", según afirmaban los organismos de seguridad. Al ser estos los encargados, la mayoría de las ocasiones, de organizar la fiesta en La Bombonera, nadie sabe cómo acabaron las bengalas en la otra zona del campo.
A continuación, las claves que indica la Conmebol en su código disciplinario 2020 y por las que ha sido sancionado Boca:
1) Responsabilidad objetiva: los clubes son responsables del comportamiento de sus jugadores, oficiales, miembros, público asistente, aficionados, etc. Y también de la seguridad y del orden tanto en el interior como en las inmediaciones del estadio, antes, durante y después del partido del cual sean anfitriones u organizadores.
2) Orden y seguridad en los partidos: Los clubes deben garantizar el orden en los estadios y en sus inmediaciones, así como la correcta organización de los partidos. Serán sancionados por encender bengalas, fuegos artificiales o cualquier otro objeto pirotécnico.
3) Prohibiciones y condiciones de ingreso y permanencia público: juegos pirotécnicos de cualquier tipo y/o forma de activación, incluso dentro de los anillos de seguridad. Bombas de humo.